Fundamentos:
I. 🎯 Contexto y Objetivos del Cambio
Este proyecto de ordenanza se presenta ante el Honorable Concejo Deliberante con el objetivo primordial de modernizar y optimizar la gestión del transporte público de pasajeros en San Fernando del Valle de Catamarca, adaptándolo a las necesidades urbanas y metropolitanas del Siglo XXI.
1. Necesidad de Reordenamiento Urbano:
La actual ubicación de la Terminal de Ómnibus (Av. Güemes al 800) se encuentra en una zona céntrica y de alta congestión vehicular.
La circulación de unidades de larga distancia (interurbanos), de gran porte, genera un impacto negativo en el tránsito, contribuyendo a embotellamientos, ruido y contaminación ambiental en el corazón de la ciudad.
El traslado de estos servicios (Artículo 1) al exterior o a una zona de fácil acceso con la Ruta Nacional correspondiente, descomprime el área central y mejora la fluidez del tráfico para los residentes.
2. Optimización de la Infraestructura Existente:
La infraestructura actual (Artículo 2) es valiosa y se encuentra en un punto estratégico. En lugar de cerrarla, se propone su reconversión inteligente para maximizar su utilidad pública.
El nuevo Centro de Transferencia de Pasajeros (CTP) se enfocará en las modalidades de corta y media distancia (urbanos, suburbanos e interurbanos cortos).
II. 🚌 Beneficios del Centro de Transferencia de Pasajeros (CTP)
La creación de un CTP en la ubicación actual es una medida de planificación urbana que aporta múltiples ventajas para los usuarios y la ciudad:
1. Facilitación de la Intermodalidad (Conexión de Transporte):
Un CTP permite que los pasajeros realicen transbordos rápidos y seguros entre diferentes líneas de colectivos (urbanas, suburbanas e interurbanas cercanas) en un único punto. Esto reduce los tiempos de viaje totales para los usuarios que provienen de barrios alejados o de localidades cercanas.
* **Mejora la conectividad** de la periferia con el centro, potenciando la eficiencia del sistema de transporte en su conjunto.
2. Mayor Accesibilidad y Comodidad para el Usuario:
Al concentrar los servicios de corta y media distancia, se garantiza un punto de partida/llegada centralizado, de fácil acceso y cercano a servicios esenciales y comercios.
La infraestructura existente (andenes, salas de espera, boleterías) se reutiliza y adapta para ofrecer mejores condiciones de espera y seguridad a los pasajeros frecuentes.
3. Impacto Económico y Social Positivo:
La reconversión dinamiza la zona céntrica, asegurando que el flujo constante de pasajeros de corta distancia siga beneficiando a los comercios locales.
Promueve el uso del transporte público al hacerlo más eficiente y cómodo, lo que contribuye a reducir el uso del automóvil particular y, consecuentemente, la emisión de gases contaminantes en el centro.
III. 🤝 Marco Legal e Institucional
Para asegurar la viabilidad y éxito del proyecto, es fundamental apelar a la coordinación de los poderes del Estado (Artículo 3):
1. Competencia Municipal y Provincial:
Si bien el Municipio tiene la competencia directa sobre el ordenamiento del tránsito urbano y el uso del suelo dentro de su ejido, los servicios interurbanos involucran la jurisdicción provincial.
Se requiere la colaboración activa con el Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca para la gestión del traslado de la terminal de larga distancia y la reestructuración de las líneas interurbanas que operarán en el nuevo CTP.
2. Responsabilidad de Gestión:
Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal (D.E.M.) a realizar las gestiones administrativas, técnicas y presupuestarias necesarias para ejecutar la mudanza y la conversión, garantizando que el proceso se realice de manera ordenada y sin interrupción de los servicios esenciales a la ciudadanía.
IV. ✨ Conclusión
En definitiva, la presente Ordenanza no solo resuelve un problema de congestión urbana al reubicar el servicio de larga distancia, sino que también transforma la infraestructura existente en una solución estratégica de movilidad que beneficiará directamente a miles de catamarqueños que utilizan a diario el transporte de corta y media distancia. Esta medida representa un avance en la planificación urbana sostenible y en la calidad de vida de nuestros ciudadanos.
El Concejo Deliberante, de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, sanciona la siguiente: Ordenanza
Artículo 1.- Establézcase el traslado de la Terminal de Ómnibus de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, sito en Avenida Guemes al 800, respecto a la prestación de servicios públicos de transporte automotor de pasajeros en modalidades larga distancia (interurbanos).
Artículo 2.- Establézcase la conversión de la Terminal de Ómnibus en un Centro de Transferencia de Pasajeros, aplicado a servicios públicos de transporte automotor de pasajeros en modalidades corta y media distancia (urbanos, suburbanos e interurbanos).
Artículo 3.- Facúltese al D.E.M a gestionar ante el Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca, los medios necesarios para cumplir las disposiciones de esta Ordenanza.
Artículo 4.- De forma.
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